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Ley de financiamiento, análisis detallado.

Luis Ariel Rojas R.

9/25/20245 min read

Con la radicación del proyecto de ley, sobre la cual el ministro Ricardo Bonilla insiste en decir que no es reforma tributaria, se pudo conocer la totalidad de las medidas que propone el gobierno y hacer un estudio detallado de los aspectos positivos y negativos de la misma, así como sus posibles efectos en la economía de las personas, las familias y las empresas, en ese sentido, a continuación se presenta un análisis de los efectos tributarios que genera esta “Ley de financiamiento”.

Tarifa del impuesto sobre la renta

Se puede considerar como un aspecto positivo la disminución de la tarifa general para las personas Jurídicas y asimiladas así como para las personas naturales no residentes, la cual actualmente se encuentra en el 35% y que será reemplazada por tarifas progresivas que van desde el 27% hasta el 34%, estableciendo una equidad vertical que no existía hasta la fecha.

Sin embargo la implementación de esta medida diferida en los siguientes cinco años, hará que sus efectos no se aprecien en el corto plazo y no se logre aumentar los niveles de inversión como pretende el gobierno según lo expresado en la exposición de motivos, para lo cual dicha reducción debería ser por lo menos de tres puntos en el primer año y de dos para el segundo.

Otro aspecto negativo tiene que ver con la tarifa para las empresas del sector minero-energético, el cual seguirá tributando al 35% y adicionalmente deberá liquidar una sobretasa que en algunos casos puede llegar al 15%, lo nocivo de esta medida son los efectos secundarios que puede ocasionar en una economía que está desacelerada, con precios de combustibles en incremento, lo cual se traducirá en mayores costos de producción y logísticos.

Tasa mínima de tributación (TTD).

En este aspecto no hay nada positivo que se pueda destacar, el aumento de la tasa mínima de tributación al 20% representa un castigo para las empresas que además de que en algún periodo puedan presentar resultados negativos y a las nuevas inversiones que en sus primeros años suelen tener rentabilidades bajas o nulas, además representa un retroceso si tenemos en cuenta que ya en gobiernos anteriores se había eliminado la renta presuntiva, siendo la TTD una medida aún más perjudicial.

Impuesto al patrimonio.

Ya se ha vuelto costumbre que cada reforma tributaria reviva el impuesto al patrimonio, pero esta reforma va más allá al proponer reducir la base gravable y el hecho generador de 70 mil a 40 mil UVT, ya se sabe que este impuesto no solo es antitécnico y tiene un carácter expropiatorio, sino que además desincentiva el ahorro y podría ocasionar la migración de capitales a otros países.

Impuesto de Ganancia Ocasional. (G.O).

La tarifa general de impuesto a las G.O había sobrevivido a varias reformas tributarias y se había mantenido en el 10% como una tarifa aceptable, sin embargo la reforma anterior le hizo un primer aumento al 15% y ahora pretenden llevarla al 20%, con la ilusión de que el recaudo se aumente, y de seguro muchos contribuyentes tendrá que pagar más por vender su casa, pero lo que no tiene en cuenta el gobierno es que este aumento en la tarifa va a tener dos efectos secundarios indeseados, el primero que se desincentiva la venta de activos fijos, y segundo que se promueven los precios ficticios y otro tipo de mecanismos que algunos contribuyentes tratarán de llevar a cabo, con tal de no pagar un impuesto tan alto sobre bienes que seguramente ya fueron gravados con otros impuestos al momento de su adquisición.

Retención en la fuente a personas naturales.

La promesa de vivir saboroso, al parecer solo era para el presidente, su familia y amigos, porque en lo que respecta al sector productivo del país no se aplica, y es que este proyecto de ley propone la modificación a la retención en la fuente por ingresos laborales, modificación que procura una mayor recaudación fiscal en el corto plazo a costa de disminuir la capacidad adquisitiva y de ahorro de los trabajadores con salarios medios y altos.

Impuesto a las ventas (IVA).

Otra de las medidas que busca implementar el gobierno es incrementar el impuesto a las ventas de los vehículos híbridos del 5% al 19% y grabar con impuesto a las ventas las actividades de apuestas en línea que hasta este momento no se encuentra gravadas. Esta medida se enfrenta a dos dificultades, por un lado el hecho de que el gobierno está contando con que el volumen de apuestas que se manejan actualmente en las apuestas en línea se mantendrá una vez se incremente su costo por la implementación del IVA, y no tiene presente que muchos apostadores reducirán la cantidad de apuestas que realizan lo cual conlleva a que no se logre el objetivo de recaudo esperado, por otra parte algunos de los operadores de este tipo de apuestas en línea se encuentran fuera del país lo cual y representa en sí mismo una dificultad para el control del recaudo el cual posiblemente tendrá que hacerse a través de mecanismos de retención en la fuente por los pagos a través de medios electrónicos Como las tarjetas de crédito y pagos PSE entre otros

Régimen SIMPLE de tributación (RST).

En cuanto al régimen simple tributación el gobierno considera que este no ha cumplido su objetivo de promover la formalidad entre los pequeños y medianos empresarios del país, por lo tanto cree que es mejor eliminar este régimen y que los contribuyentes que actualmente pertenecen a él pasen al régimen ordinario, sin embargo es importante tener en cuenta que el RST es mucho más que un sistema pagar impuestos, el RST es un ecosistema que facilita cumplir con obligaciones de carácter laboral, tributario territorial y nacional, de manera que hoy un contribuyente únicamente con 6 declaraciones de anticipos del impuesto al año y una declaración consolidada anual puede cumplir con todas sus obligaciones fiscales independientemente de en cuántos municipios tenga presencia operativa.

Eliminar este régimen impone a los contribuyentes el cumplimiento de una mayor cantidad de obligaciones formales, por ejemplo el hecho de tener que presentar declaraciones de retención en la fuente, declaraciones de IVA bimestrales o cuatrimestrales, declaraciones de ICA y de retenciones de ICA en los municipios en los cuales tenga operaciones, esto sin contar que su tarifa de tributación se aumentará al pasar a tributar con la tarifa ordinaria, en consecuencia la eliminación del RST hará que muchos pequeños empresarios regresen a la informalidad o se arriesguen a cometer actos de evasión o elusión con tal de no verse en desventaja respecto a empresas con mayor capacidad financiera.

Considero que este es sin duda el mayor desacierto que tiene el proyecto de reforma tributaria ya que no va a afectar a los más ricos y poderosos del país como suele decir el presidente, sino que en realidad va a afectar a los pequeños empresarios y a los empleados que dependen de esas pequeñas y medianas empresas.

El proyecto de ley trae otras propuestas que no se alcanzan a abarcar en este análisis, por lo tanto para su información podrá consultar y descargar aquí el documento radicado por el ministro Ricardo Bonilla.

En conclusión, esta reforma tributaria tiene más aspectos negativos que positivos y los pocos positivos que pueda tener se ven opacados por la manera en que pretenden implementarse o por sus efectos secundarios, se confirma así que el gobierno tiene una desconexión total con la realidad económica y social del país.